Se crea el Centro Integral “Askia Smart City”, en adelante el Centro, con sede en la ciudad de Bellamare, República de Askia, pudiendo establecer filiales, oficinas y centros en otras regiones de la República Federal de Sía para el cumplimiento de sus funciones.
El Centro tendrá carácter público, naturaleza técnica y científica, autonomía técnica, operativa y de gestión, personalidad jurídica propia, patrimonio independiente, plena capacidad de obrar y autonomía funcional y administrativa, configurándose como una Agencia Federal de las previstas en el artículo 68.2.d) de la Ley 3/2054, de 5 de noviembre, de la Presidencia, del Consell Federal y del Sector Público.
El Centro estará adscrito al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Misión Espacial en la misma medida que otras agencias como el SINBIOSÍA, el SIANESA, el CONCIENSÍA o el SIAFISMAT dentro del SIACTEC.
Estado: Vigente
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Ley 1/2053 por la que se crea el Centro Integral "Askia Smart City"
N° Ley: Ley 1/2053
Promulgación: 30/11/-0001
Categoría: General
Artículo 2. Creación.
Artículo 8. Estructura organizativa.
El Centro estará compuesto por:
a) La Dirección General, como órgano ejecutivo y representativo. Le corresponde aprobar los programas anuales de actuación, establecer alianzas y convenios, y asegurar el cumplimiento de los fines establecidos en esta Ley. A cargo de un/a Director/a General designado/a por el Consell Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.
b) El Consejo Científico-Técnico, con expertos de áreas clave. Órgano colegiado de carácter asesor y evaluador, conformado por expertos independientes y representantes de entidades adscritas. Estará presidido por la Dirección General y contará con:
– Dos representantes de cada instituto de investigación adscrito al Centro.
– Investigadores senior con trayectoria reconocida en sectores clave del Centro.
– Dos representantes del Campus Universitario y dos del Hospital Universitario.
Sus funciones serán proponer orientaciones estratégicas, validar científicamente los proyectos y evaluar el impacto de las líneas de desarrollo tecnológico.
c) El Foro de Innovación Ciudadana, como espacio consultivo abierto, integrado por representantes del tejido social, educativo, empresarial y ciudadano de la República de Askia. Su función será garantizar la alineación de los proyectos tecnológicos con las necesidades sociales reales, el equilibrio territorial y los principios de gobernanza abierta.
d) Sectores Estratégicos del Centro
El Centro se estructurará internamente en cuatro grandes Sectores Estratégicos, que integrarán diversos departamentos especializados en cada ámbito de actuación:
Sector de Energía, Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana
– Departamento de Smart Grids y microrredes energéticas
– Departamento de Reciclaje y Gestión Automatizada de Residuos
– Departamento de Parques Inteligentes y Sensores Ambientales
Sector de Movilidad, Infraestructuras y Transporte Inteligente
– Departamento de Carreteras Inteligentes y Movilidad Autónoma
– Departamento de Logística Automatizada en Puertos y Aeropuertos
– Departamento de Adecuación Inteligente en Zonas Nevadas
Sector de Educación, Sociedad y Derechos Digitales
– Departamento de Digitalización Educativa y Smart Schools
– Departamento de Ética, Gobernanza de Datos y Derechos Digitales
– Departamento de Participación y Alfabetización Tecnológica
Sector de Salud Digital e Inteligencia Epidemiológica
– Departamento de Robótica Médica y Diagnóstico IA
– Departamento de Vigilancia Sanitaria Inteligente
– Departamento de Salud Pública Digital y Bioinformática
e) Las Divisiones de Desarrollo, organizadas por áreas:
División de IoT y Sensórica Urbana
División de Sistemas de Datos Masivos
División de Inteligencia Artificial Aplicada
División de Proyectos y Transferencia Tecnológica
División de Ética y Derechos Digitales
Reglamentariamente, se podrán ampliar los sectores, divisiones o departamentos en función del crecimiento del Centro y de las prioridades de la estrategia federal de ciudades inteligentes.
Toda la estructura del Centro responderá a los principios de excelencia científica, eficiencia operativa, flexibilidad adaptativa, multidisciplinariedad, equidad de género, cooperación interinstitucional y rendición de cuentas.
a) La Dirección General, como órgano ejecutivo y representativo. Le corresponde aprobar los programas anuales de actuación, establecer alianzas y convenios, y asegurar el cumplimiento de los fines establecidos en esta Ley. A cargo de un/a Director/a General designado/a por el Consell Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.
b) El Consejo Científico-Técnico, con expertos de áreas clave. Órgano colegiado de carácter asesor y evaluador, conformado por expertos independientes y representantes de entidades adscritas. Estará presidido por la Dirección General y contará con:
– Dos representantes de cada instituto de investigación adscrito al Centro.
– Investigadores senior con trayectoria reconocida en sectores clave del Centro.
– Dos representantes del Campus Universitario y dos del Hospital Universitario.
Sus funciones serán proponer orientaciones estratégicas, validar científicamente los proyectos y evaluar el impacto de las líneas de desarrollo tecnológico.
c) El Foro de Innovación Ciudadana, como espacio consultivo abierto, integrado por representantes del tejido social, educativo, empresarial y ciudadano de la República de Askia. Su función será garantizar la alineación de los proyectos tecnológicos con las necesidades sociales reales, el equilibrio territorial y los principios de gobernanza abierta.
d) Sectores Estratégicos del Centro
El Centro se estructurará internamente en cuatro grandes Sectores Estratégicos, que integrarán diversos departamentos especializados en cada ámbito de actuación:
Sector de Energía, Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana
– Departamento de Smart Grids y microrredes energéticas
– Departamento de Reciclaje y Gestión Automatizada de Residuos
– Departamento de Parques Inteligentes y Sensores Ambientales
Sector de Movilidad, Infraestructuras y Transporte Inteligente
– Departamento de Carreteras Inteligentes y Movilidad Autónoma
– Departamento de Logística Automatizada en Puertos y Aeropuertos
– Departamento de Adecuación Inteligente en Zonas Nevadas
Sector de Educación, Sociedad y Derechos Digitales
– Departamento de Digitalización Educativa y Smart Schools
– Departamento de Ética, Gobernanza de Datos y Derechos Digitales
– Departamento de Participación y Alfabetización Tecnológica
Sector de Salud Digital e Inteligencia Epidemiológica
– Departamento de Robótica Médica y Diagnóstico IA
– Departamento de Vigilancia Sanitaria Inteligente
– Departamento de Salud Pública Digital y Bioinformática
e) Las Divisiones de Desarrollo, organizadas por áreas:
División de IoT y Sensórica Urbana
División de Sistemas de Datos Masivos
División de Inteligencia Artificial Aplicada
División de Proyectos y Transferencia Tecnológica
División de Ética y Derechos Digitales
Reglamentariamente, se podrán ampliar los sectores, divisiones o departamentos en función del crecimiento del Centro y de las prioridades de la estrategia federal de ciudades inteligentes.
Toda la estructura del Centro responderá a los principios de excelencia científica, eficiencia operativa, flexibilidad adaptativa, multidisciplinariedad, equidad de género, cooperación interinstitucional y rendición de cuentas.
Artículo 10. Financiación.
El Centro será financiado mediante:
a) Dotación anual del Presupuesto Federal de la República Federal de Sia, de acuerdo con el régimen económico-financiero establecido en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.
b) Fondos estructurales e instrumentos financieros federales e internacionales.
c) Recursos provenientes de contratos, donaciones y cooperación internacional, convenios y colaboraciones público-privadas.
d) Ingresos por licencias, patentes, formación y servicios tecnológicos a terceros.
e) Patrimonio, instalaciones, equipamientos, laboratorios y recursos de los institutos adscritos de que el Centro acuerde con éstos disponer.
a) Dotación anual del Presupuesto Federal de la República Federal de Sia, de acuerdo con el régimen económico-financiero establecido en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.
b) Fondos estructurales e instrumentos financieros federales e internacionales.
c) Recursos provenientes de contratos, donaciones y cooperación internacional, convenios y colaboraciones público-privadas.
d) Ingresos por licencias, patentes, formación y servicios tecnológicos a terceros.
e) Patrimonio, instalaciones, equipamientos, laboratorios y recursos de los institutos adscritos de que el Centro acuerde con éstos disponer.
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Normas Relacionadas
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Decreto-ley 3/2054
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