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Ley 1/2053 por la que se crea el Centro Integral "Askia Smart City"

N° Ley: Ley 1/2053 Promulgación: 30/11/-0001 Categoría: General
Artículo 2. Creación.
Se crea el Centro Integral “Askia Smart City”, en adelante el Centro, con sede en la ciudad de Bellamare, República de Askia, pudiendo establecer filiales, oficinas y centros en otras regiones de la República Federal de Sía para el cumplimiento de sus funciones.

El Centro tendrá carácter público, naturaleza técnica y científica, autonomía técnica, operativa y de gestión, personalidad jurídica propia, patrimonio independiente, plena capacidad de obrar y autonomía funcional y administrativa, configurándose como una Agencia Federal de las previstas en el artículo 68.2.d) de la Ley 3/2054, de 5 de noviembre, de la Presidencia, del Consell Federal y del Sector Público.

El Centro estará adscrito al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Misión Espacial en la misma medida que otras agencias como el SINBIOSÍA, el SIANESA, el CONCIENSÍA o el SIAFISMAT dentro del SIACTEC.
Artículo 8. Estructura organizativa.
El Centro estará compuesto por:

a) La Dirección General, como órgano ejecutivo y representativo. Le corresponde aprobar los programas anuales de actuación, establecer alianzas y convenios, y asegurar el cumplimiento de los fines establecidos en esta Ley. A cargo de un/a Director/a General designado/a por el Consell Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.

b) El Consejo Científico-Técnico, con expertos de áreas clave. Órgano colegiado de carácter asesor y evaluador, conformado por expertos independientes y representantes de entidades adscritas. Estará presidido por la Dirección General y contará con:

– Dos representantes de cada instituto de investigación adscrito al Centro.
– Investigadores senior con trayectoria reconocida en sectores clave del Centro.
– Dos representantes del Campus Universitario y dos del Hospital Universitario.

Sus funciones serán proponer orientaciones estratégicas, validar científicamente los proyectos y evaluar el impacto de las líneas de desarrollo tecnológico.

c) El Foro de Innovación Ciudadana, como espacio consultivo abierto, integrado por representantes del tejido social, educativo, empresarial y ciudadano de la República de Askia. Su función será garantizar la alineación de los proyectos tecnológicos con las necesidades sociales reales, el equilibrio territorial y los principios de gobernanza abierta.

d) Sectores Estratégicos del Centro

El Centro se estructurará internamente en cuatro grandes Sectores Estratégicos, que integrarán diversos departamentos especializados en cada ámbito de actuación:

Sector de Energía, Medio Ambiente y Sostenibilidad Urbana
– Departamento de Smart Grids y microrredes energéticas
– Departamento de Reciclaje y Gestión Automatizada de Residuos
– Departamento de Parques Inteligentes y Sensores Ambientales

Sector de Movilidad, Infraestructuras y Transporte Inteligente
– Departamento de Carreteras Inteligentes y Movilidad Autónoma
– Departamento de Logística Automatizada en Puertos y Aeropuertos
– Departamento de Adecuación Inteligente en Zonas Nevadas

Sector de Educación, Sociedad y Derechos Digitales
– Departamento de Digitalización Educativa y Smart Schools
– Departamento de Ética, Gobernanza de Datos y Derechos Digitales
– Departamento de Participación y Alfabetización Tecnológica

Sector de Salud Digital e Inteligencia Epidemiológica
– Departamento de Robótica Médica y Diagnóstico IA
– Departamento de Vigilancia Sanitaria Inteligente
– Departamento de Salud Pública Digital y Bioinformática

e) Las Divisiones de Desarrollo, organizadas por áreas:

División de IoT y Sensórica Urbana
División de Sistemas de Datos Masivos
División de Inteligencia Artificial Aplicada
División de Proyectos y Transferencia Tecnológica
División de Ética y Derechos Digitales

Reglamentariamente, se podrán ampliar los sectores, divisiones o departamentos en función del crecimiento del Centro y de las prioridades de la estrategia federal de ciudades inteligentes.

Toda la estructura del Centro responderá a los principios de excelencia científica, eficiencia operativa, flexibilidad adaptativa, multidisciplinariedad, equidad de género, cooperación interinstitucional y rendición de cuentas.
Artículo 10. Financiación.
El Centro será financiado mediante:

a) Dotación anual del Presupuesto Federal de la República Federal de Sia, de acuerdo con el régimen económico-financiero establecido en la Ley 3/2054 para las Agencias Federales.

b) Fondos estructurales e instrumentos financieros federales e internacionales.

c) Recursos provenientes de contratos, donaciones y cooperación internacional, convenios y colaboraciones público-privadas.

d) Ingresos por licencias, patentes, formación y servicios tecnológicos a terceros.

e) Patrimonio, instalaciones, equipamientos, laboratorios y recursos de los institutos adscritos de que el Centro acuerde con éstos disponer.
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