Se crea el Servicio de Información y Alerta Meteorológica (SIAMET) como una Agencia Federal, conforme a lo dispuesto en el Título VI de la Ley 3/2054, de 5 de noviembre, de la Presidencia, del Consell Federal y del Sector Público.
El SIAMET es un organismo público autónomo, con personalidad jurídica propia, patrimonio independiente y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, orientado a la observación, análisis, predicción y difusión de información meteorológica y climática.
El SIAMET se adscribe al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Misión Espacial, que ejercerá la tutela, dirección estratégica y control de eficacia, sin perjuicio de su autonomía técnica, operativa y funcional.
Estado: Vigente
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Ley 3/2051 de creación del Servicio de Información y Alerta Meteorológica (SIAMET)
N° Ley: Ley 3/2051
Promulgación: 30/11/-0001
Categoría: General
Artículo 1. Creación, naturaleza y adscripción.
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Normas Relacionadas
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Decreto-ley 3/2054
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